Condiciones de Inscripción de Salas de Despecie y Expedición

  1. Las salas de despiece y expedición deberán reunir las condiciones higiénico-sanitarias exigidas en la legislación vigente.
  2. Las canales deberán ir identificadas en todo momento hasta el destino.
  3. Las porciones de las piezas amparadas por la IGP se expedirán por las salas de despiece y expedición en envases debidamente precintados y protegidos. Estos envases irán provistos de una etiqueta o contra-etiqueta numerada.
  4. El despiece y troceado de las piezas protegidas por el Consejo Regulador podrá ser simultáneo al de otras piezas no protegidas, siempre que se salvaguarde la trazabilidad del producto IGP.
  5. El almacenamiento de las piezas se realizará de forma que no induzca a la confusión con otras piezas y/o porciones no protegidas.
  6. El personal de la sala de despiece es el responsable de la colocación de las etiquetas y/o contra-etiquetas en cada pieza o porción.
  7. Una vez finalizado el marcaje e identificación de todo el proceso, en cada pieza o porción de carne de “Ternera de Extremadura” puede comprobarse a través del número de la etiqueta, la trazabilidad del producto.

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